Debido a las notables similitudes que existen, es común que muchas personas confundan los procedimientos de reagrupación familiar y familiar de comunitario en España. Sin embargo, es esencial comprender que estos dos procesos legales son completamente distintos.
En este artículo, examinaremos en detalle las principales diferencias entre reagrupación familiar y familiar comunitario y las similitudes entre ambos procedimientos. Después de revisar esta información, estarás equipado con el conocimiento necesario para facilitar la llegada de tus familiares al territorio español.
Índice
SIMILITUDES ENTRE EL FAMILIAR DE CIUDADANO EUROPEO Y LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR
Comenzaremos definiendo las similitudes clave entre ambos procedimientos legales.
AMBAS OPCIONES FACILITAN LA MUDANZA A ESPAÑA CON FAMILIARES
A pesar de las diferencias en los procesos legales y requisitos, el objetivo final es el mismo: vivir en España con tus familiares.
POSESIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES
Aunque la cantidad requerida puede variar, ambos procedimientos exigen demostrar la posesión de fondos económicos suficientes para solicitar con éxito el visado para los familiares.
PRINCIPALES DIFERENCIAS
Ahora profundizaremos en las principales diferencias entre el permiso de residencia como miembro de la familia de un ciudadano europeo y el procedimiento de reagrupación.
PAÍS DE ORIGEN DEL REAGRUPANTE
Esta diferencia determinará la ruta que debes seguir:
- Si eres ciudadano español o de un país de la Unión Europea, el procedimiento para que tus familiares vengan a España será el visado por ser familiar de un ciudadano de la UE, regulado por el régimen comunitario.
- Si vives legalmente en España pero eres ciudadano de un país fuera de la UE, deberás iniciar el procedimiento de reunificación familiar bajo el Régimen General de Extranjería.
FAMILIARES QUE PUEDES TRAER A ESPAÑA
Las restricciones sobre los familiares que pueden beneficiarse de cada procedimiento varían:
- Reunificación Familiar: Incluye a tu pareja, padres mayores de 65 años con razones suficientes, hijos menores de 18 años.
- Régimen Comunitario: Permite traer a cónyuges o parejas, hijos menores de 21 años, hijos mayores de 21 años a tu cargo económicamente, y padres a tu cargo.
DURACIÓN Y VALIDEZ DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA
- Para el permiso de residencia como miembro de la familia de un ciudadano de la UE, la tarjeta tiene una validez de 5 años.
- Para la reunificación familiar, la duración del permiso se vincula al periodo del reagrupante (hasta 2 años en el ejemplo dado).
CÓMO DEMOSTRAR LA POSESIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES
- Régimen Comunitario: Demostrar medios económicos es más simple, requiriendo empleo bajo contrato o ser trabajador autónomo, independientemente del ingreso mensual.
- Reagrupación Familiar: La cantidad exacta importa y varía según el número de familiares a traer.
AÑOS QUE EL REAGRUPANTE DEBE HABER VIVIDO EN ESPAÑA
- Reunificación Familiar: Mínimo 1 año para el solicitante principal y 5 años si se trata de los padres.
- Régimen Comunitario: No hay plazo mínimo para el ciudadano europeo.
Estas diferencias esenciales te guiarán en la elección del proceso correcto según tu situación y facilitarán el proceso de reunir a tus seres queridos en España.






